lunes, 17 de marzo de 2014

1. ¿Qué son las Garantías Individuales?

Las garantías individuales, dentro del derecho, son los derechos constitucionales, es decir, esos que han sido incluidos en la Constitución, norma o ley constitutiva que organiza un estado. Son considerados fundamentales para el desarrollo del sistema político. 

Las garantías individuales son derechos que cada individuo adquiere en el momento de su nacimiento. Estos derechos buscan establecer el orden y la armonía en la sociedad, consiguiendo así bienestar y justicia para los individuos que la forman.

Las garantías individuales están contenidas en la constitución nacional mexicana desde su origen, donde se dedica un espacio a “Los derechos humanos” (constitución de 1857), y es en la constitución de 1917 donde se denominan garantías individuales.

De tal importancia son las garantías individuales que están contenidas en los primeros veintiocho artículos de nuestra constitución. Y como no van a ser importantes si en ellas se asegura a cada uno de nosotros los derechos mínimos y establece los límites que debe observar el gobierno para con sus gobernados, es decir, las Leyes y actuaciones de las autoridades deben ser “constitucionales”. Es por esta misma razón que las garantías individuales son irrenunciables y no pueden suspenderse, salvo en los casos en que la propia constitución señala (Art. 29 de la Constitución.

La clasificación de las garantías individuales sería la siguiente:

Garantías de Igualdad. (Arts. 1, 2, 4, 5, 12, 13, 31)

Garantías de Libertad. (Arts. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 15, 24, 28)

Garantías de Propiedad. (Art. 27)

Garantías de Seguridad Jurídica. (Arts. 8, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23)

No hay comentarios:

Publicar un comentario